Milagro Sala está presa desde enero de 2016 cuando hacía un acampe contra Gerardo Morales. Adrián Pérez.

LA CORTE INTERAMERICANA LEVANTÓ LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN SOBRE MILAGRO SALA

Antes de la decisión de la Corte Interamericana hubo casi una década de controversias judiciales, informes de organismos internacionales y debates políticos. Las medidas provisionales habían sido dictadas para proteger la vida, la integridad y la salud de Milagro Sala durante su detención. Ahora, el tribunal resolvió levantarlas al considerar que el Estado argentino cumple actualmente con esas obligaciones, aunque aclaró que ello no significa que hayan desaparecido los riesgos para su salud ni habilita cambios en las condiciones en las que recibe atención médica

La Corte Interamericana levantó las medidas de protección sobre Milagro Sala, pero mantuvo la obligación del Estado de resguardar su salud

El tribunal internacional consideró que Argentina cumple con las medidas de tutela que habían motivado su intervención en 2017. Sin embargo, advirtió que la decisión no habilita modificaciones en el tratamiento médico ni en las condiciones de protección de la dirigente social.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos resolvió levantar las medidas provisionales que desde 2017 protegían a Milagro Sala, al entender que el Estado argentino cumple actualmente con los estándares de protección que habían motivado la intervención del organismo internacional. La decisión, no obstante, incluye una aclaración de peso: el levantamiento de esas medidas no implica que haya desaparecido el riesgo sobre la salud de la dirigente de la Tupac Amaru ni autoriza cambios en el tratamiento especializado que recibe en la provincia de Buenos Aires. 

La resolución pone fin a un capítulo abierto hace nueve años, cuando la Corte Interamericana dispuso medidas extraordinarias tras advertir un riesgo grave para la vida, la integridad física y las condiciones de detención de Sala. En aquel momento, el tribunal ordenó al Estado argentino adoptar acciones urgentes para garantizar sus derechos, luego de que distintos organismos internacionales cuestionaran la situación judicial y las condiciones de su encarcelamiento en Jujuy. 

Las causas judiciales que originaron el caso

Milagro Sala fue detenida en enero de 2016, durante los primeros días del gobierno de Gerardo Morales en Jujuy. Inicialmente fue imputada por los delitos de instigación a cometer delitos, tumulto y sedición en el marco de un acampe de protesta frente a la Casa de Gobierno provincial.

Aunque esa primera causa perdió sustento para mantener su detención, la Justicia provincial dispuso una nueva prisión preventiva en otras investigaciones por presunta asociación ilícita, fraude a la administración pública y extorsión, vinculadas al manejo de fondos destinados a la construcción de viviendas sociales a través de la organización Tupac Amaru. Con el paso de los años, Sala enfrentó diversos procesos penales y recibió condenas en distintas causas, mientras su defensa sostuvo que existió persecución política y judicial. 

Precisamente esa controversia llevó el caso al sistema interamericano de derechos humanos. La Comisión Interamericana primero, y luego la Corte IDH, entendieron que existían elementos suficientes para exigir al Estado argentino medidas especiales destinadas a preservar la integridad física y psicológica de la dirigente social.

Qué cambió para que la Corte levantara las medidas

Según la resolución conocida esta semana, el tribunal evaluó que las circunstancias que justificaron aquellas medidas excepcionales fueron modificándose con el tiempo.

Entre los elementos considerados figuran el acceso de Sala a tratamiento médico especializado, los controles permanentes sobre su estado de salud y el cumplimiento, por parte del Estado argentino, de las obligaciones de protección impuestas por la propia Corte. Esa evaluación llevó a concluir que ya no resultaba necesario mantener vigente el mecanismo excepcional de medidas provisionales. 

Sin embargo, la Corte fue explícita al señalar que la decisión no debe interpretarse como una autorización para reducir la asistencia médica ni alterar las condiciones actuales de protección. Por el contrario, recordó que el Estado continúa obligado por los tratados internacionales de derechos humanos a garantizar la vida, la salud y la integridad de Milagro Sala. 

Un caso que marcó un precedente

La situación de Milagro Sala trascendió desde hace años el plano estrictamente judicial para convertirse en uno de los expedientes más observados por organismos internacionales de derechos humanos.

Durante el proceso intervinieron la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Corte IDH, el Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de Naciones Unidas y diversas organizaciones nacionales e internacionales, que emitieron pronunciamientos sobre las condiciones de detención y el respeto de las garantías judiciales.

La decisión conocida ahora cierra la etapa de las medidas provisionales, pero no pone fin al seguimiento internacional sobre el caso ni modifica las obligaciones permanentes que el Estado argentino mantiene en materia de protección de los derechos humanos.

TE PUEDE INTERESAR

Free Joomla templates by Ltheme